El próximo sábado 26 y domingo 27 de octubre se llevarán a cabo las elecciones regionales y municipales 2024, y con ellas, se aplicarán una serie de reglas especiales para el funcionamiento del comercio y los derechos de los trabajadores.

Voto obligatorio y sanciones

Es importante recordar que el voto es obligatorio para todas las personas inscritas en el padrón electoral, y aquellas que no voten sin una justificación válida enfrentarán una multa de 0,5 UTM.

Reglas para el comercio en ambos días de elecciones

  • Sábado 26 de octubre: Este día no es feriado, por lo tanto, es considerado un día hábil. Todo el comercio podrá funcionar con normalidad, y los trabajadores deberán asistir a sus labores si se encuentra dentro de su jornada pactada.
  • Domingo 27 de octubre: Este día será feriado irrenunciable para los trabajadores que laboren en establecimientos ubicados dentro de centros o complejos comerciales administrados por una misma razón social, como malls, strip centers, galerías, entre otros. Esto incluye patios de comida, cines, tiendas y lugares de entretención ubicados dentro de dichos recintos o en su perímetro. Sin embargo, aquellos comercios que estén fuera de estos centros comerciales sí podrán operar.

Derechos laborales y permisos para votar

Los trabajadores que deban laborar durante las elecciones tienen derecho a un permiso de al menos 3 horas para ejercer su voto, sin sufrir descuentos en sus remuneraciones. Ellos podrán elegir libremente si votan el sábado o el domingo, independientemente de si deben trabajar ambos días o no. Los empleadores no podrán limitar el día de votación elegido por el trabajador, ni otorgar menos horas de permiso que las estipuladas por la ley.

Feriado irrenunciable y multas

En caso de incumplimiento de las normas relacionadas con el feriado irrenunciable, o si no se otorgan los permisos para sufragar, se impondrán multas que varían entre 3 y 60 UTM (fluctuando entre $199.683 y $3.933.660), dependiendo del tamaño de la empresa, ya sea micro, pequeña, mediana o grande.

Adicionalmente, los empleadores deberán otorgar permiso laboral a aquellos trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral, aplicándose las mismas multas en caso de incumplimiento.

Ley Seca

Para estas elecciones, se derogó la Ley Seca, por lo que no existirá prohibición alguna para la venta de alcohol antes, durante o después de las votaciones.

Fiscalizaciones

La Dirección del Trabajo y otros organismos competentes estarán a cargo de fiscalizar el cumplimiento de estas normativas. Se recomienda a las empresas y trabajadores mantenerse informados y respetar las reglas para evitar sanciones.

La Cámara de Comercio de Osorno insta a todos sus socios a cumplir con las normativas vigentes y apoyar a sus trabajadores para que puedan ejercer su derecho al voto de manera libre y sin restricciones.