El presidente de la Cámara de Comercio, Industrias, Servicios y Turismo de Osorno, Luis Rigo-Righi Aubel, realizó un llamado a los empleadores del sector a cumplir estrictamente la normativa laboral vigente con motivo de las festividades de Navidad y Año Nuevo, recordando que los días 25 de diciembre y 1 de enero corresponden a feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio.
El dirigente gremial explicó que, conforme a la legislación, en la víspera de ambos feriados el descanso de los trabajadores debe iniciarse a más tardar a las 20:00 horas de los días 24 y 31 de diciembre, respectivamente, y extenderse hasta las 06:00 horas de los días 26 de diciembre y 2 de enero, periodo durante el cual no pueden prestar servicios.
Rigo-Righi precisó que solo podrán funcionar de manera excepcional aquellos establecimientos atendidos directamente por sus dueños y ciertos rubros especiales, entre ellos restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos de juego, además de farmacias de turno o de urgencia, expendio de combustibles y tiendas de conveniencia asociadas a estaciones de servicio, siempre que exista venta directa de productos y elaboración de alimentos para consumo en el lugar.
No obstante, el presidente del gremio recalcó que incluso en estos rubros, la normativa establece que los trabajadores deben acceder a este feriado irrenunciable al menos una vez cada dos años, lo que puede organizarse mediante sistemas de turnos, resguardando siempre el derecho al descanso.
En relación con el periodo previo a Navidad, Rigo-Righi recordó que, debido al aumento de la actividad comercial, los empleadores pueden extender la jornada diaria hasta en dos horas durante los nueve días anteriores al 25 de diciembre, las cuales deberán ser pagadas como horas extraordinarias cuando excedan la jornada semanal máxima. Sin embargo, aclaró que la jornada no puede extenderse más allá de las 23:00 horas, ni superar las 20:00 horas del día 24 de diciembre.
Finalmente, el presidente de la Cámara de Comercio de Osorno advirtió sobre las importantes multas asociadas al incumplimiento de esta normativa, las que se aplican por cada trabajador afectado:
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5 UTM para empresas con menos de 50 trabajadores,
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20 UTM para empresas con entre 50 y 199 trabajadores, y
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60 UTM para empresas con 200 o más trabajadores.
“Como gremio, llamamos a los empleadores a informarse y cumplir la normativa, y a los trabajadores a conocer sus derechos. El respeto a estas reglas es clave para unas fiestas de fin de año seguras, responsables y en un marco de legalidad”, concluyó Rigo-Righi.
